Programa de Incremento Exportador para Economías Regionales
Tal como informamos en el día de ayer, con fecha 24 de julio de 2023, se publicó en el Boletín Oficial el Decreto P.E.N. Nro. 378/2023, por medio del cual y de forma transitoria, se emite una nueva edición del “Programa de Incremento Exportador”, focalizado en la exportación de productos de economías regionales (el “Programa”).
Hasta ayer y en base a los términos del decreto, esta edición del Programa solamente incluía a una serie de productos vinculados con las economías regionales (determinados animales vivos, plantas, hortalizas, frutas, café, cereales, semillas y frutos oleaginosos, grasas y aceites animales o vegetales, madera, carbón vegetal, seda, algodón, etc.), excluyendo a la soja, el maíz y a sus respectivos derivados. Entonces y por motivo de la exportación de todos estos productos comprendidos en el Programa, los sujetos que adhieran al mismo podrán acceder a un régimen diferencial de cambio de AR$340 por dólar siempre que el contravalor de tales exportaciones se liquide en el mercado libre de cambios hasta el 31 de agosto de 2023.
En el día de hoy y en virtud de las facultades delegadas, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca emitió la Resolución Nro. 295/2023, por medio de la cual incorpora dentro del Programa tanto al maíz como algunos derivados como así también a la cebada cervecera.