HomeNovedadesAlertasModificación de excepciones para topes diarios de ciertas operaciones con títulos valores

Modificación de excepciones para topes diarios de ciertas operaciones con títulos valores

Con fecha 28 de mayo de 2025, la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) emitió la Resolución Nro. 1067, reduciendo el alcance de las restricciones cuantitativas diarias estipuladas para ciertos supuestos en caso de transferencias de títulos a depositarias del exterior.

En este sentido, se recuerda que aquellas operaciones con títulos valores que, conforme la normativa cambiaria de “Exterior y Cambios” del Banco Central de la República Argentina, implican una restricción temporal para acceder al mercado libre de cambios (ej. venta de títulos valores en moneda extranjera, transferencia de títulos valores al exterior, compra de CEDEARs, etc.), se encuentran sujetas a ciertos topes diarios en algunos supuestos dispuestos en las normas de la CNV.

Entonces, la Resolución dispone que el límite diario de operaciones de AR$200.000.000 aplicable a (i) clientes del exterior -personas humanas o jurídicas registrados localmente con CDI o CIE-, actuando para su propia cartera y con fondos propios o como intermediarios, y (ii) a clientes locales -personas humanas o jurídicas con CUIT- que actúan por cuenta y orden de terceros; no resultará aplicable -entre otros casos- para dar curso a transferencias emisoras a entidades depositarias del exterior de valores negociables emitidos con fecha/s de amortización -total o parcial- no inferior/es a 2 años desde la fecha de su emisión.

Se advierte que la norma anterior contemplaba el mismo supuesto de excepción, pero haciendo referencias a títulos con un plazo de amortización -total o parcial- no inferior a 3 años. Por lo cual, la presente Resolución solamente reduce en 1 año el plazo de amortización mínima de los títulos para que no aplique el tope diario antes indicado.