Por medio de la Res. CNV Nro. 1045 de fecha 2 de enero de 2025, se prorroga la entrada en vigencia de la Res. CNV Nro. 1033 al 16 de enero de 2025. Esta norma modificó el régimen informativo para residentes y no residentes y, su entrada en vigencia se había establecido originalmente para el 2 de enero de 2025.
La Res. CNV Nro. 1033 de fecha 4 de diciembre de 2024, dispuso el régimen informativo aplicable a los Agentes de Liquidación y Compensación (“ALyCs”) y Agentes de Negociación (“AN”) en relación con las inversiones de clientes que posean CDI o CIE, y que sean titulares o cotitulares de subcuentas comitentes. De esta forma, la norma unificó los regímenes informativos vigentes respecto a residentes y no residentes, disponiendo que -originalmente, a partir del 2 de enero de 2025, ahora prorrogado a partir del 16 de enero de 2025-, los AN y ALyCs deberán informar mensualmente dentro de los 10 días hábiles posteriores al cierre de cada mes calendario la información correspondiente a las inversiones de sus clientes con CDI o CIE.
Dicho régimen informativo, consiste -específicamente- en el caso de inversiones realizadas por parte de clientes personas humanas y/o jurídicas no residentes en la República Argentina que posean CDI o CIE, en proporcionar la siguiente información en el plazo consignado en el párrafo anterior a través de la Autopista de la Información Financiera (AIF): (a) detalle del saldo de sus inversiones al cierre de cada mes calendario, (b) detalle de la totalidad de las operaciones realizadas por dichos sujetos en el ámbito de los mercados, (c) detalle de las transferencias emisoras y receptoras de valores negociables realizadas por dichos sujetos que no respondan a liquidación de operaciones, y (d) detalle de los movimientos de fondos en pesos y/o moneda extranjera, realizados por dichos sujetos. Adicionalmente, la Res. CNV Nro. 1033 exige que los AN y ALyCs revisen, actualicen y mantengan vigente su información en todo momento. También, les impone la realización de medidas de debida diligencia antes de procesar órdenes o registrar operaciones en los mercados.
En caso de detectar errores, faltantes o inconsistencias en los datos suministrados, el Agente Depositario Central de Valores Negociables (ADCVN) deberá bloquear las subcuentas comitentes afectadas a partir de la fecha de entrada en vigencia de la norma, es decir, el 16 de enero de 2025 (estas subcuentas sólo podrán recibir acreditaciones de acreencias mientras persistan las irregularidades).
Finalmente, se destaca que la Res. CNV Nro. 1033 también ajustó el régimen informativo de clientes no residentes aplicable a los Agentes de Administración de Productos de Inversión Colectiva (AAPIC) y a los Agentes de Colocación y Distribución Integral (ACDI) en línea con las disposiciones del régimen informativo antes consignado.